- Fotocopia del Libro de Familia completo.
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- Certificación
Literal del Matrimonio, a obtener en el Registro Civil. -->
Solicitud on line
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- Certificación Literal de nacimiento de los hijos a obtener en el
Registro Civil --> Solicitud on line
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- Certificación de empadronamiento en el domicilio conyugal, a obtener
en el Ayuntamiento de su ciudad.
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Fotocopia en color de los D.N.I. de los esposos y de los hijos si los
tienen.
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- Certificado de los estudios que cursan los hijos.
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- Ingresos de los cónyuges: Original de las tres últimas nóminas de cada uno de los cónyuges y de
los hijos. En caso de ser profesional libre: la declaración de la renta
de los tres últimos años. ( I.R.P.F.) Si no dispone de ellas deberá
acudir a la A.E.T. y solicitar copia de las mismas.
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- Escritura de capitulaciones matrimoniales [Separación de bienes]
(en su caso) y relación de bienes del matrimonio, con fotocopia de las
escrituras, contratos, certificaciones del Registro de la Propiedad y documentos
acreditativos de la propiedad de los mismos. ( vivienda, vehículo,
acciones, participaciones, depósitos, saldos en cuentas bancarias etc.),
así como las cargas y gravámenes de dichos bienes ( Prestamos, Embargos,
Hipotecas etc, cuantía de los mismos y cantidades que restan por pagar)
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- Toda la documentación solicitada puede remitirla por correo
electrónico, una vez escaneada, -->
bufeteconejo@gmail.com
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- Para solicitar la Separación o el Divorcio no es necesario acreditar
la causa, tan solo que hayan transcurrido tres meses desde la
celebración del matrimonio, y en casos especiales de riesgo para la vida
ni siquiera es necesario esperar que transcurra ese plazo.
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- El Pleito se tramitará en el Juzgado de 1ª Instancia del lugar del
domicilio conyugal. En el supuesto de tramitarse de mutuo acuerdo será
el del último domicilio común o el de cualquiera de los solicitantes.
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- Es necesario actuar con Abogado y Procurador, por lo que habrá que
otorgar un
Poder para Pleitos, donde deben incluirse Procuradores del partido
judicial donde se vaya a tramitar el asunto. Para ello deberá acudir a
un Notario de su elección y llevarle la
Minuta de Poder para Pleitos.
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- En el supuesto de petición de mutuo acuerdo o por uno con el
consentimiento del otro hay que aportar junto a la Demanda un
Convenio Regulador firmado por ambos cónyuges, que deberá contener
al menos los siguientes extremos:
- A) El cuidado de los hijos sujetos a patria potestad de ambos, el
ejercicio de ésta, y en su caso régimen de comunicación y estancia
de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
- B) Si se considera necesario, el régimen de visitas de y
comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta
siempre el interés de aquellos.
- C) La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
- D) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así
como sus bases de actualización y garantías en su caso.
- E) La pensión que correspondiere satisfacer, en su caso a uno de
los cónyuges
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